¿PUEDE UN SACERDOTE NEGAR LA BENDICIÓN?


P. Modesto Lule Zabala, msp.

¿Un sacerdote puede negar la bendición a quien la pida?, si, en ciertas circunstancias. Un día se me acerca una persona al terminar la misa y me pide que bendiga una imagen con agua bendita. Al ver la imagen le dije que no podía hacer eso lo que me pedía, ya que era una imagen de un buda. Otro sacerdote, se negó a dar la bendición a l lugar que iba a ser inaugurado como cantina. Yo mismo me he negado a bendecir la casa de una persona que adoraba a la <<santa muerte>>. Le dije que si creía en esa falsa devoción no podía bendecirla con agua bendita. En eso casos el sacerdote puede negar la bendición. Pero si pides una bendición y el sacerdote te la niega porque tiene algún sentimiento en contra de tu persona, ahí quien está mal es el sacerdote. Los sacerdotes somos ministros de Dios llamados a administrar las gracias de Dios a todos.

El origen de las palabras bendecir viene del latín benedicere, una palabra compuesta por bene, que significa <<bien>>, y dicere, que significa <<decir>>. La palabra latina Benedicto, con el significado de bendición se encuentra solamente en el vocabulario bíblico-eclesiástico. Los traductores griegos del antiguo testamento tradujeron por eulogein le verbo hebreo Barak (bendecir) y por eulogia el respectivo sustantivo berakah (bendición) y así eulogein y eulogia entraron en el lenguaje religioso griego como bendecir y bendición.

La bendición ocurre con frecuencia en la biblia y tienes varios significados: significa alabar a Dios; desear el bien a una persona; dedicar una persona  o cosa al servicio de Dios. En la liturgia, la bendición es un ritual por el cual un ministro ordenado santifica a personas o cosas para el servicio  divino o invoca el favor divino sobre ellas.

El Catecismo de la iglesia católica dice respeto a la bendición: <<entre los sacramentales les figuran en primer lugar las bendiciones (de personas, de la mesa de objetos de lugares). Toda bendición es alabanza de Dios y oración para obtener sus dones. En cristo, los cristianos son bendecidos por Dios padre “con toda clases de bendiciones espirituales” (Ef 1,3). Por eso la iglesia da la bendición invocando el nombre de Jesús y haciendo habitualmente la señal santa de la cruz en Cristo>> (CEC 1671).

Ciertas bendiciones tienen un alcance permanente: su efecto es consagrar personas a Dios y reservar para el uso litúrgico objetos y lugares. Entre las que están destinadas a personas que no se han de confundir con la ordenación sacramental figuran la bendición del abad o de la abadesa de un ministerio, la consagración de vírgenes, el rito de la profesión religiosa  y las bendiciones para ciertos ministerios de la iglesia (lectores, acólitos, catequistas, etc.). Como ejemplo de las  que se refieren a objetos, se puede señalar la dedicación o bendición de una iglesia  o de un altar, la bendición de los santos oleos, de los vasos y ornamentos sagrados, de las campanas, etc. (cf. CEC 1672).

El ritual Romano contiene bendiciones para diversas ocasiones y cosas. Se puede bendecir, por ejemplo, los alimentos. Esta bendición atrae la benevolencia de Dios, pero no imparte al objeto un carácter sagrado como sería el caso en la bendición de un cáliz, el cual queda reservado irreversiblemente para el uso sagrado en la Santa misa. Sin embargo, se debe tener presente que las bendiciones  no son sacramentos; no son instituidas por Cristo; no confieren gracias santificante; ni producen su efecto en virtud del rito mismo <<ex opere operato>>. Son sacramentales, no Sacramentos.
  

De: Inquietud Nueva  enero_febrero 2014 N°175
Capturado por: Hermano Sergio Alberto Santiago Vargas 
Grupo: CERS  
Parroquia María Auxiliadora Diócesis de Tuxpan, Veracruz

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