Expertos explican qué es la “sinodalidad” en el Sínodo de los Jóvenes

Sistema de Información del Vaticano

VATICANO, 26 Oct. 18 (ACI Prensa).-
En la víspera de la votación del documento final del Sínodo de los Jóvenes, algunos expertos explican qué es la sinodalidad, un criterio que aparece ahora en la tercera parte del texto de 56 páginas que será votado por los Padres Sinodales el sábado 27 de octubre.

El término sinodalidad se usa con frecuencia para referirse a la colaboración y el discernimiento que ocurre en el Sínodo, pero algunos críticos creen que la vaga definición del mismo podría usarse para proponer una especie de Iglesia “parlamentaria” o “democrática” que enseñe de ese modo su doctrina.

En la rueda de prensa realizada este jueves 26 de octubre en la Sala Stampa del Vaticano, el Arzobispo de Viena (Austria), Cardenal Christoph Schönborn, respondió a la pregunta sobre la inclusión de la palabra sinodalidad en la tercera parte del borrador del documento final cuando esta no estaba en el instrumentum laboris o documento de trabajo del Sínodo.

El Cardenal Schönborn indicó que “la palabra ‘discernimiento’ es fundamental en el instrumentum laboris que es la columna vertebral de todo el Sínodo. El discernimiento es lo que el Papa enseña en todo momento, no solo por ser jesuita”.

“Debemos discernir cuál es la voluntad de Dios en todo momento. Dios se abraza con la realidad. El Evangelio de hoy es sobre esto cuando dice que ‘ustedes saben discernir el temporal que viene pero no los signos de los tiempos’”. “El camino sinodal es el camino del discernimiento bajo la guía del Papa”, dijo el Cardenal.

“Esto es sinodalidad. Esta palabra no estaba muy presente en el instrumentum laboris pero es algo que hemos hecho: escuchar la realidad, luego discernir lo que Dios nos dice a través de la realidad, a la luz de su palabra, del Espíritu Santo y luego pasar a la acción”, prosiguió.

“Este es el camino que se llama sinodalidad. Entonces pienso que no es solo útil sino sabio discernir cuál ha sido el camino sinodal de este sínodo”, concluyó el Purpurado.

En marzo de este año, la Comisión Teológica Internacional, un organismo que colabora con la Santa Sede en el examen de las cuestiones doctrinales de mayor importancia y actualidad, publicó el documento “La sinodalidad en la vida y en la misión de la Iglesia”.

Este señala que “la sinodalidad se manifiesta desde el comienzo como garantía y encarnación de la fidelidad creativa de la Iglesia a su origen apostólico y a su vocación católica” y ofrece además “el marco interpretativo más adecuado para comprender el mismo ministerio jerárquico”.

Según el documento vaticano, la sinodalidad también designa “la realización puntual de aquellos acontecimientos sinodales en los que la Iglesia es convocada por la autoridad competente y según específicos procedimientos determinados por la disciplina eclesiástica, involucrando de modos diversos, a nivel local, regional y universal, a todo el Pueblo de Dios bajo la presidencia de los Obispos en comunión colegial y jerárquica con el Obispo de Roma, para discernir su camino y cuestiones particulares, y para asumir decisiones y orientaciones con el fin de llevar a cabo su misión evangelizadora”.

En declaraciones a CNA –agencia en inglés del Grupo ACI– la Dra. Jessica Murdoch, profesora de teología fundamental y dogmática en la Universidad Villanova de Estados Unidos, explicó que cuando se entiende mal la sinodalidad “el riesgo está en que al reunirse se llegue a un achatamiento de la Iglesia, con todos los miembros del cuerpo actuando como si fueran iguales”.

“Existe una enorme riqueza en la diversidad de los carismas en la Iglesia y cada parte tiene su propio papel, pero cuando todos están tratando de hacer el trabajo de todos, no solo perdemos esa riqueza del cuerpo, sino que el cuerpo no funciona adecuadamente”, alertó.

La experta precisó que “la buena eclesiología preserva las distinciones en la jerarquía y en la Iglesia como un cuerpo. Al final los obispos están bajo la autoridad del Papa, y el Papa y la Iglesia están bajo la autoridad de Dios”.

“Una mala comprensión de la sinodalidad achata el orden jerárquico instituido por Dios y lo convierte en una masa mayoritaria. La sabiduría colectiva y la perspectiva de los obispos y otros en la Iglesia puede ciertamente ser una herramienta importante, pero tiene sus límites”, prosiguió.

La mala comprensión del concepto de sinodalidad hizo que en la historia eclesial se aceptara algunas herejías, alertó la experta, y señaló que “la Iglesia universal necesita considerar atentamente las lecciones de la comunión anglicana y las Iglesias ortodoxas, ejemplos de aquello en lo que puede terminar una mala aplicación del concepto”.

El P. Thomas Petri, Vicepresidente de la Facultad Pontificia de la Inmaculada Concepción en la Casa Dominica de Washington, explicó otro criterio ligado a la sinodalidad que también puede ser malinterpretado: el sensus fidei.

En el año 2014 la Comisión Teológica Internacional publicó un documento titulado “El sensus fidei en la vida de la Iglesia”, que explica que “los fieles poseen un instinto hacia la verdad del Evangelio, que les permite reconocer y refrendar la auténtica doctrina cristiana y su práctica, así como rechazar aquello que es falso. Ese instinto sobrenatural, ligado intrínsecamente al don de la fe recibida en la comunión de la Iglesia, es denominado sensus fidei, y permite a los cristianos llevar a cabo su vocación profética”.

Al respecto, el P. Petri dijo que “algunos analistas parece que reducen el sensus fidei a la mera expresión de cualquier individuo o ‘experiencia personal’ de algún grupo. Esta aproximación empobrece lo que el sensus fidei realmente es”.

“El riesgo está, en mi opinión, en la exaltación de la experiencia humana casi como si fuera otra fuente de la revelación, como sí lo son la Escritura y la Tradición”, advirtió el experto teólogo.

“En la Episcopalis communio, el Papa Francisco alertó que el sensus fidei no debe confundirse con las corrientes cambiantes de la opinión pública”, recordó el sacerdote.

La constitución Episcopalis communio fue publicada el pasado 15 de septiembre y trata sobre la función y la estructura del Sínodo de los Obispos.

El numeral 7 del documento señala que “durante la celebración de toda Asamblea sinodal, la consulta de los fieles deja paso al discernimiento de los pastores designados expresamente, unidos en la búsqueda de un consenso que brota no de lógicas humanas, sino de la obediencia común al Espíritu de Cristo. Atentos al sensus fidei del Pueblo de Dios —‘que deben saber distinguir atentamente de los flujos muchas veces cambiantes de la opinión pública’—, los miembros de la Asamblea ofrecen su parecer al Romano Pontífice, para que le ayude en su ministerio de Pastor universal de la Iglesia”.

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